Corporación

CORPORACIÓN

HISTORIA

 

El Concejo de Bucaramanga es un cuerpo colegiado conformado por 19 representantes de los diferentes sectores de la ciudad. Su principal función es ejercer el control político en la administración municipal.

 


MISIÓN

 

El Concejo de Bucaramanga es una corporación político-administrativa, que representa e involucra a la comunidad en el ejercicio del control político sobre la administración municipal y en el estudio y aprobación de proyectos de acuerdo, que coadyuven con el cumplimiento de los fines del Estado en el municipio de Bucaramanga, teniendo en cuenta la Constitución y el acervo normativo pertinente, con el apoyo y compromiso de servidores públicos idóneos y competentes.

 


VISIÓN

 

El Concejo de Bucaramanga logrará un mayor reconocimiento en la comunidad local, regional y nacional, destacándose por su eficiencia administrativa en el manejo y uso de los recursos disponibles con responsabilidad ambiental y, por la implementación de mecanismos efectivos para poner a disposición la información corporativa y la generación de espacios de participación para acercar al ciudadano, soportado en el sistema de gestión corporativo

 


PRINCIPIOS CORPORATIVOS

 

Se identifican como principios rectores de la Corporación Administrativa: La eficacia, eficiencia, transparencia, moralidad, responsabilidad e imparcialidad.

Principios Rectores del Concejo: El Concejo Municipal en sus actos se regirá por los siguientes principios rectores. (De conformidad con el Art. 209 de la C.N., y el Art. 5 de la Ley 136 de 1994).

EFICACIA: Los Municipios determinarán con claridad la misión, propósito y metas de cada una de sus dependencias o entidades; definirán al ciudadano como centro de su actuación dentro de un enfoque de excelencia en la prestación de sus servicios y establecerá rigurosos sistemas de control de resultados y evaluación de programas y proyectos.

EFICIENCIA: Los municipios deberán optimizar el uso de los recursos financieros, humanos y técnicos, definir una organización administrativa racional que les permita cumplir de manera adecuada las funciones y servicios a su cargo, crear sistemas adecuados de información, evaluación y control de resultados, y aprovechar las ventajas comparativas que ofrezcan otras entidades u organizaciones de carácter público o privado. En desarrollo de este principio se establecerán los procedimientos y etapas estrictamente necesarios para asegurar el cumplimiento de las funciones y servicios a cargo del municipio, evitar dilaciones que retarden el trámite y la culminación de las actuaciones administrativas o perjudiquen los intereses del municipio.

PUBLICIDAD Y TRANSPARENCIA: Los actos de la administración municipal son públicos y es obligación de la misma facilitar el acceso de los ciudadanos a su conocimiento y fiscalización, de conformidad con la ley.

MORALIDAD: Las actuaciones de los servidores públicos municipales deberán regirse por la ley y la ética propias del ejercicio de la función pública.

RESPONSABILIDAD: La responsabilidad por el cumplimiento de las funciones y atribuciones establecidas en la Constitución y en la presente Ley, será de las respectivas autoridades municipales en lo de su competencia. Sus actuaciones no podrán conducir a la desviación o abuso de poder y se ejercerán para los fines previstos en la ley. Las omisiones antijurídicas de sus actos darán lugar a indemnizar los daños causados y a repetir contra los funcionarios responsables de los mismos.

IMPARCIALIDAD: Las actuaciones de las autoridades y en general, de los servidores públicos municipales y distritales se regirán por la Constitución y la ley, asegurando y garantizando los derechos de todas las personas sin ninguna discriminación de género o raza.

IGUALDAD: Este principio obliga a la administración a actuar conforme la  regla de la no discriminación y a promover dentro del ámbito de sus competencias que la igualdad sea real y efectiva, adoptar medidas en favor de los grupos discriminados o marginados, así como proteger especialmente a quienes por su condición económica, física o mental estén en circunstancias de debilidad manifiesta. La gestión de la Administración Pública no puede establecer distinciones injustificadas entre los administrados y debe obrar respecto de ellos y de sus intereses guardando equilibrio, de modo que garantice a todos, en condiciones adecuadas a sus circunstancias, el acceso a ella y a sus funcionarios y la misma importancia en cuanto al disfrute de los beneficios que genera la actividad estatal.

ECONOMIÁ: Los municipios deberán maximizar los resultados o beneficios sociales con la menor cantidad de recursos y en el menor tiempo posible. Se sabe que no siempre la utilización de más recursos de los estrictamente necesarios implica una vulneración a este dogma, pues en ciertos casos el beneficio social se encuentra justamente en el empleo de tales recursos.

CELERIDAD: Con este principio se busca la agilidad en el trámite y la gestión administrativa. Comporta la indispensable agilidad en el cumplimiento de las tareas a cargo de entidades y servidores públicos para lograr que alcancen sus cometidos básicos con prontitud, asegurando que el efecto de su gestión se proyecte oportunamente en la atención de las necesidades y aspiraciones de sus destinatarios.

 


ESTRATEGIAS

 

•Impulsar la participación de los ciudadanos en las decisiones que les afectan en la vida económica, política, administrativa, cultural y ecológica, mediante mecanismos tales como la organización de foros y cabildos abiertos

•Vigilar de conformidad con los principios institucionales y legales que regulan la función administrativa, el cumplimiento de los deberes y responsabilidades a cargo de las Instituciones Municipales.

•Analizar, evaluar y socializar el resultado de la gestión de la Corporación Administrativa con base en indicadores tales como: "Estudios de debates sobre proyectos de acuerdo", "Control políticos municipal".

•"Atención al usuario y relaciones con la comunidad" y "Participación Ciudadana.

•Difundir la actividad político normativa que adelanta la Corporación Administrativa, a través de los mecanismos tecnológicos, como de los diferentes medios con que cuenta la Entidad, tanto internos como externos.

 


OBJETIVOS

Objetivos Generales

 

•Velar porque las iniciativas del Alcalde Municipal contribuyan a los intereses de la comunidad.

•Dotar a la ciudad de normas que regulen la administración pública y promuevan el desarrollo Armónico e integral, la eficiente prestación de los servicios públicos y el mejoramiento continuo de la calidad de vida de sus habitantes.

•Promover una gestión pública responsable a través del control político oportuno y eficaz de las Entidades descentralizadas para evaluar la gestión de la Administración Pública Municipal y el Cumplimiento de sus entidades frente al plan de desarrollo de la ciudad.

•Organizar foros de interés general en los que escucharán a funcionarios de la administración, gremios, juntas administradoras locales y comunidad en general.

•Promover la participación de todos los sectores en las decisiones políticas de la ciudad, dar trámite a los proyectos de acuerdo presentados tanto por el Gobierno Municipal como por los concejales y también los de iniciativa de las personas naturales y jurídicas.

•Brindar a la comunidad información general sobre proyectos, acuerdos, citaciones, así como procesos políticos del Municipio.

•Propender en el Municipio por la protección de los derechos civiles, económicos y políticos de sus habitantes, por la dignidad humana, la igualdad, la equidad y la solidaridad social

 

Objetivos de Calidad

 

1.  Ser reconocidos a nivel nacional como la corporación político – administrativa altamente calificada, legitima y efectiva en el desarrollo de las funciones y atribuciones establecidas en la constitución y la ley.

2.  Implementar en el concejo de Bucaramanga sistemas de gestión que permitan la mejora continua de los procesos.

3.  Ofrecer al personal de la corporación mecanismos que permitan mantener su nivel de competencias elevado.

4.  Crear e implementar mecanismos y herramientas que permita al concejo de Bucaramanga conocer de primera mano la satisfacción de la ciudadanía  a cerca del desempeño de la corporación.

 


ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL